lunes, 24 de noviembre de 2014

CONSIDERACIONES SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LO SOCIAL, LO POLÍTICO Y LO JURÍDICO (VIII)

DE LO SOCIAL, LO POLÍTICO Y LO JURÍDICO (VIII)


La justicia es la reina de las virtudes republicanas, y con ellas se sostienen la igualdad y la libertad que son las columnas de este edificio.
Simón Bolívar, Discurso pronunciado en Bogotá el 23 de enero de 1815, en BOLÍVAR Simón, Discursos y Proclamas”, Caracas, Editorial Ayacucho, 2007, p. 58.


Toda reforma a la Administración de Justicia debe estar destinada a mejorar el sistema y no a empeorarlo. No se justifica el cambio de lo que ya funciona bien, si no es para que funcione aun mejor. Ningún cambio en el sistema judicial es sincero si no está motivado por brindar un servicio de verdadera calidad.


Mejorar la Administración de Justicia debe garantizar más Libertad e Igualdad, mayor Independencia (con mayúscula) para los Jueces (porque esa Independencia es el resguardo de los habitantes “de a pie”, esos que no tienen amigos, ni partido, ni ONG ni corporación que los apadrine, y que son la inmensa mayoría de la población), mayor efectividad y mejor tutela integral de los derechos de los individuos.

Es menester que la Justicia se planifique en función de una concepción de Estado, y no para que sea funcional a un cierto proyecto de gobierno. La innovación de la Justicia se abstendrá de instalar la injerencia y la cuotificación política o corporativa, el hegemonismo partidario y el control ideológico o de opinión (directo o velado) sobre los Magistrados Judiciales. Además, evitará crear mayor burocracia y más cargos públicos. Debe provenir de un real consenso ciudadano y no de la insistencia de unos eventuales iluminados.

Si se pretende considerar la experiencia de modelos extranjeros, debe utilizarse la de que aquellos que sean probadamente mejores que el nuestro. No parece ser un buen camino, querer replicar o adaptar sistemas de países con menores niveles internacionales de transparencia, de independencia y de efectividad judicial que el Uruguay, o con mayores índices de corrupción; es un derrotero equivocado que conducirá al fracaso.

El Uruguay posee el mejor Poder Judicial de Latinoamérica en cuanto a rankings de Transparencia, Credibilidad y Efectividad, y uno de los mejores del mundo; se encuentra al mejor nivel promedio de los países europeos. Lo comprueban los análisis de Latinobarómetro, Transparencia Internacional y de la consultora Cifra. Todo eso a pesar de los pesares, y de las embestidas bagualas que se han intentado para minar su credibilidad e independencia. Una pretensión de modificación de las estructuras judiciales de nuestro país, ¿está realmente animada en el espíritu de incrementar aun más esta calidad que han evidenciado nuestros servicios de justicia? Debe tener muy claro los criterios sobre cómo hacerlo. ¿Quienes pretenden modificar la estructura del sistema judicial uruguayo, se proponen también mejorarla? No puede jugarse en esto con una mentalidad cortoplacista e ideológica, porque se compromete la libertad, el desarrollo, la seguridad y el porvenir de todo un pueblo.  Hay quienes creen que cambiar al Poder Judicial pasa por tenerlo políticamente contenido, pero es un error. Los estudios demuestran que en las administraciones de justicia existe una relación directamente proporcional entre control político, corrupción y desprotección ciudadana; razón importante para evitar un viaje por esos derroteros. 

¡Bienvenidas las reformas y los cambios para la Justicia! Pero en serio y para mejor, para asegurarle más Independencia y efectividad, para la Libertad y la Igualdad, realmente para todos, inspirada por nobles fines. No para burocratizarla, ni para perjudicarla, ni para controlarla política e ideológicamente.

miércoles, 12 de noviembre de 2014

LA CARTA DE LOS DEBERES DE LOS PADRES EN EL DEPORTE


LA “CARTA DE LOS DEBERES DE LOS PADRES EN EL DEPORTE”


En la 46ª Asamblea General de Panathlon International (Rapallo, 24-25 de mayo de 2014) se aprobó la “Carta de los Deberes de los Padres en el Deporte”, iniciativa del Presidente de esa institución Sr. Giacomo Santini.

Para bien o para mal, es capital el rol de los padres y madres en el desarrollo y realización deportiva de sus hijos. Su influencia puede ser benéfica pero también nociva y perniciosa; puede servir como sostén pero también puede ser desestimulante o contraproducente; puede inducir ánimo pero también presión. No obstante, una concepción humanista del Deporte impone a los padres y madres una actitud decididamente positiva. En la actividad deportiva de sus hijos, los progenitores están obligados a apoyar a sus vástagos dentro de sus posibilidades, mas es menester recordar que poseen el deber de no dañarlos. So pretexto de desear para ellos lo mejor y de querer encomiarlos a que den lo mejor de sí, los padres y madres deben cuidar que el Deporte no sea para sus hijos una actividad antinatural y agonística, sino un espacio de diversión, de valores, de inclusión social y de libertad. El art. 3. de la Declaración de Gand (2004) reconoce que una mala concepción deportiva puede producir efectos negativos en los niños; entonces es necesario protegerlos, entre otros peligros, de los propios padres y madres si fuere el caso, recordando a éstos qué deberes tienen respecto a sus vástagos en lo deportivo y en la educación física.

La “Carta de los Deberes de los Padres en el Deporte” es un importante instrumento que destaca positivos valores que deben velarse, para una adecuada formación educativo-deportiva de los hijos y de los niños y adolescentes todos. Consideramos que no sólo está dirigida a los padres y madres sino también a los abuelos, a los demás parientes, a los tutores, tenedores, entrenadores y en definitiva, a todos aquellos que son responsables por los destinos de un niño o adolescente. Resulta un complemento, o si se quiere es una proyección refleja,  de la “Carta de los Derechos de los Niños en el Deporte” (Ginebra, 1988) ([1]), porque los derechos de los niños y los deberes de sus padres en el Deporte son las dos caras de la misma moneda. A su vez, estos textos se ensamblan armónicamente con la “Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte” (UNESCO, Paris, 1978) y con la “Declaración de Panathlon International sobre Ética en el Deporte Juvenil” (“Declaración de Gand”, 2004; ver especialmente su numeral 5.). 

Aunque la Carta de los Deberes de los Padres en el Deporte no es un texto jurídico de derecho positivo, sin duda recoge normas de última generación implícitas en el Bloque de Deberes Humanos. Descansa sobre los Deberes Primarios básicos de no dañar, de dar a los demás lo que les corresponde, y de obrar (cor)rectamente; nada menos que respecto a los hijos.

La Carta mencionada posee 10 (diez) numerales, enunciados en primera persona del singular; vale decir que aquélla pretende dirigirse a lo más profundo del corazón y al espíritu de cada padre. Examinémoslos sucintamente:

1. La elección de la disciplina deportiva favorita corresponde a mis hijos en total autonomía y sin condicionamientos por mi parte. Recuerda a los numerales 1. y 2. de la Carta de los Derechos del Niño en el Deporte y al art. 1. de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte; ellos tienen derecho a practicar un deporte, de divertirse y de jugar, pero con libertad; suya es la elección tanto de preferir una determinada disciplina deportiva, como también la de decidir qué tiempo habrán de dedicarle, y si la encararán en forma lúdica o de alta competición. Nadie debe interferir en ello, ni siquiera los propios progenitores.

2. Mi deber es comprobar que la actividad deportiva sea funcional a su educación y a su crecimiento psicofísico, armonizando el tiempo del deporte con los compromisos escolares y con una serena vida familiar.  El Deporte debe ser una actividad saludable para los niños, con valores positivos y sin discriminaciones, adaptada a sus tiempos (en edades y horarios) y capacidades psicofísicas, con patrocinadores y educadores consustanciados con los principios de una actividad deportiva sana; no es incompatible con una vida normal, ni con la educación curricular institucional, ni con la familia (nums. 3. y 6. de la Carta de los Derechos del Niño en el Deporte -en adelante también indistintamente “CDND”-;  arts 2., 3., 7., 9. y 10 de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte -en adelante también indistintamente “CIEFD”-; nums. 1., 2. y 4. de la Declaración de Gand -en adelante indistintamente también “DG”-).

3. Evitaré a mis hijos, hasta los 14 años, pesadas actividades competitivas, salvo disciplinas educativas, privilegiando el deporte lúdico y recreativo. Va de la mano con la necesidad de practicar deporte saludables y en dignidad, en lugares adecuados, con entrenamientos adaptados a cada edad y supervisados por personas competentes, con planes y programas coherentes y globales mas descentralizados, entre niños del mismo nivel, en condiciones de seguridad y de debido descanso, evitando la tensión de ser campeón (nums. 3. 4., 5. a 10 de la CDND; arts. 3. a 10. de la CIEFD; num. 1. de la DG).

4. Los seguiré con discreción, con su consentimiento, si sirve a ayudarlos a tener con el deporte una relación equilibrada. La presencia de los padres en las competencias deportivas es sólo posible en cuanto sirva para alentar sanamente a sus hijos; no puede ser impuesta ni puede significar una presión. Viene de la mano con el compromiso de que los padres hagan del Deporte un ambiente saludable y de dignidad (nums. 3 y 4. de la CDND).

5. No pediré a los entrenadores de mis hijos nada que no sea útil a su crecimiento y proporcional a sus méritos y potencialidades. Los entrenadores deben ser no sólo responsables sino competentes y debidamente formados para la especialidad del entrenamiento y del deporte infantil; es menester que conozcan los tiempos y requerimientos de las diferentes edades, y que sólo permitan competir niños con el  mismo nivel (nums. 5. y 6.de la CDND; arts. 4. y 6. de la CIEFD; num. 3. de la DG).

6. Diré a mis hijos que para ser buenos deportistas y sentirse felices en la vida no es necesario convertirse en campeones. Se trata de una clara referencia al derecho de no ser campeón, que preconiza el num. 10. de la CDND). Este numeral debe leerse con los nums. 2. y 9. de esta Carta de los Deberes de los Padres en el Deporte, y con el num. 5. de la DG.

7. Les recordaré que también las derrotas ayudan a crecer porque sirven para hacerse más sabios. En la derrota deportiva no se termina el mundo, porque la vida continúa. Nadie puede dudar del efecto pedagógico y correctivo que deja toda derrota, templando el alma en la necesidad de sobreponerse a ella. Vencer resistencias, dar lo mejor de sí; es una lección para siempre y para cualquier orden.

8. Les mostraré los valores del Panathlon como fundamento ético para abordar una buena experiencia deportiva. Si bien este numeral aparenta quitar universalidad a esta Carta, debe recordarse que Panathlon International predica los más altos valores del Deporte en los cuales todos los hombres podrían estar de acuerdo, por lo que la referencia a una concepción panathlética de valores deportivos no restringe ni sectorializa.

9. A su regreso a casa no preguntaré si han ganado o perdido sino si se sienten mejores. Ni preguntaré cuántos goles han marcado o sufrido o cuántos récords han batido, sino si se han divertido. Se completa con el numeral 6. de esta Carta, con el num. 10 de la CDND, y con el num. 5. de la DG.

10. Querré reflejarme en sus ojos cada día y volver a encontrar mi sonrisa joven. Este numeral no sólo está limitado al ámbito del Deporte, sino que se proyecta en todos los aspectos del quehacer humano.  Los padres deben reencontrar a través de sus hijos la pureza y alegría. Diversión, juego y libertad permiten un entorno más saludable (nums. 1. a 3. de la CDND) para todos; vivir así la vida, mantener ese espíritu en todo lo que se haga (no solamente en lo deportivo), es el secreto de una existencia de calidad.

Nadie puede discutir el papel y los deberes que los padres y las madres tienen en el desarrollo psicofísico y deportivo de sus hijos, pero es menester que aquéllos actúen correctamente dentro de lo que les corresponde. Esta Carta de los Deberes de los Padres en el Deporte ofrece una enumeración ejemplificativa pero contundente sobre qué tienen que hacer los progenitores por sus vástagos, además de ser un importante documento para abordar y considerar, por reflejo, los derechos de los niños en la actividad deportiva y en la educación física.




Bogotá, 12.11.2014 




[1] Algunas versiones de la Carta de los Derechos del Niño en el Deporte poseen diez y otras once derechos. Preferimos seguir la versión de diez, que es la original de Ginebra y la recogida por Panathlon International. Ver también la Carta de los Derechos del Niño en el Deporte, preparado por el Instituto Internacional de los Derechos de la Infancia, del año 2010.